La propiedad intelectual (PI) se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.
La legislación protege la PI, por ejemplo, mediante las patentes, el derecho de autor y las marcas, que permiten obtener reconocimiento o ganancias por las invenciones o creaciones. Al equilibrar el interés de los innovadores y el interés público, el sistema de PI procura fomentar un entorno propicio para que prosperen la creatividad y la innovación.
La Universidad Centroamericana José Simeón Cañas anima a la comunidad universitaria a favorecer la Propiedad Intelectual, respetando los derechos morales y patrimoniales, de conformidad con la Ley y los convenios internacionales de la materia.
Imagen tomada del portal de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
La Universidad posee y hará valer, para efectos de difusión, divulgación y publicación, sus derechos legítimos sobre las creaciones intelectuales concebidas o puestas en práctica por sus académicos e investigadores tomando en cuenta las siguientes consideraciones:
a. Los derechos morales sobre los productos intelectuales ya sea individuales o de equipos pertenecen a sus productores y así debe ser reconocido en los créditos ante cualquier tipo, forma o espacio de publicación o difusión de dichos productos.
b. El productor de conocimiento científico-cultural conserva la propiedad patrimonial en productos intelectuales que son de su propia iniciativa, es decir, aquellos realizados de manera no institucional, aunque por ello reciba algún tipo de reconocimiento en la vida universitaria (dedicación de tiempo, mérito para escalafón, recursos para presentar resultados en congresos, entre otros).
c. La creación y uso de aplicaciones tecnológicas derivadas de investigaciones institucionales queda sujeta a la protección de la propiedad intelectual de la Universidad y, por tanto, deben definirse los términos de su utilización entre las partes vinculadas a la ejecución de la investigación.
d. La Universidad definirá la manera más apropiada de manejar los derechos patrimoniales y morales sobre los productos intelectuales que realizan los miembros de la comunidad universitaria de manera que pueda armonizar la libertad y los derechos de estos y los derechos de la Universidad. Se incluyen en esta definición los productos de las investigaciones de los procesos académicos de graduación y las relaciones entre directores, graduandos y Universidad. Al efecto, la Universidad reconoce que las producciones intelectuales derivadas de los trabajos de graduación, en su faceta moral, pertenecen exclusivamente a los graduandos; debido a que la tutoría y la asesoría de investigaciones para trabajos académicos de graduación son parte de procesos formativos y de la función de docencia. Se comprende que el producto final es el resultado de la actividad investigativa del graduando.
Esta misma disposición aplicará en producciones intelectuales derivadas de trabajos, tareas, ensayos, que se desarrollen en el curso del proceso formativo de los estudiantes.
e. En la producción intelectual generada con terceros o para terceros, la Universidad, a través de los departamentos u otras unidades académicas, negociarán desde la presentación de las ofertas técnicas, las formas pertinentes y justas en torno a los derechos patrimoniales de la UCA sobre los productos intelectuales y los derechos de difusión, divulgación y publicación de estos.
f. Otros aspectos de normativa a considerar están determinados en el Reglamento de Protección de Propiedad Intelectual de UCA.
La propiedad patrimonial de los productos intelectuales de productores no institucionales que son publicados bajo el sello Publicaciones Académicas UCA, pertenece a la Universidad, conservando el productor los derechos morales.
La UCA apoya y promueve el uso de las Licencias Creative Commons como expresión de su inserción al nuevo modelo de comunicación científica que permite la difusión del conocimiento, de aplicaciones de software libre y acceso abierto.
Estas licencias se basan en las copyleft y en la filosofía del sotfware libre para establecer un conjunto de textos legales que sirven para que un autor pueda ceder algunos derechos sobre su creación en unas condiciones determinadas ("Algunos derechos reservados" vs. "Todos los derechos reservados"). Han tenido mucho éxito y su utilización es masiva, no sólo en el ámbito científico, sino también en el cultural, las imágenes, la música, etc.
Creative Commons está dentro del marco legal de la propiedad intelectual y los derechos de autor y su objetivo es facilitar que los autores puedan ejercer libremente estos derechos.
Para mayor información sobre los tipos de licencia Creative Commons clic en la imagen: